Tipos de contratos

El codigo sustantivo del trabajo en su capitulo 1 en el articulo 22 define un contrato laboral como: 

1. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.

Articulo 23: Los elementos esenciales que deben existir para dar por echo que hay un contrato laboral son
*Subordinacion
*Remuneracion
*Actividad laboral 

Articulo 37: Existen 2 tipos de modalidades
* Escrito
* Verbal 

POR SU DURACION 
Articulo 46: Contrato a termino fijo
Articulo 47: Contrato a termino indefinido, Obra o labor, Prestacion de servicios y Educativo 

CAUSAS PARA LA TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO 

ARTICULO 63 TERMINACION CON PREVIO AVISO
A). Por parte del patrono:
*1. La ineptitud plenamente comprobada del trabajador para prestar el servicio convenido;
*2. La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.
*3. Todo vicio habitual del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.
*4. La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del patrono o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.

B). Por parte del trabajador:
*1. La inejecución por parte del patrono de sus obligaciones convencionales o legales de importancia.
*2. La exigencia del patrono, sin razones válidas, de la prestación de un servicio distinto, o en lugares diversos de aquel para el cual se le contrató; y
*3. Las demás que se hayan previsto, con esta modalidad, en el contrato, pacto o convención colectiva, fallo arbitral o reglamento.

PERIODO DE PRUEBA 
Es La Etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto apreciar las aptitudes del trabajador.

Debe ser estipulado por escrito, En el contrato de trabajo de los servidores domésticos se presume como período de prueba los primeros quince (15) días de servicio.

El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.

 www.youtube.com/watch?v=333k2pafpq0

TIPOS DE CONTRATOS.pptx

 

 

 

Contacto

Innovación Humana sbleidyyudithcorrea@gmail.com